El Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra levanta el embargo sobre la participación de Aena en Luton

El Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales ha dictado una resolución por la que deja sin efecto las medidas cautelares solicitadas por la energética NextEra en las sociedades de Aena en el aeropuerto de Luton tras haberse alcanzado un acuerdo entre las partes implicadas en este conflicto, que deriva de los laudos contra España por el recorte de primas renovables.

Según ha informado este viernes el gestor aeroportuario a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), se ha llegado a un acuerdo entre NextEra, España y Aena que ha llevado al Tribunal inglés a dictar una resolución desestimando las medidas cauterales solicitadas por la energética, dejándolas sin efecto, y condenando a NextEra a pagar las costas al Grupo LLA y sus accionistas Aena e InfraBridge.

A principios del mes de agosto el Tribunal de Justicia de Inglaterra adoptó medidas cauterales en las sociedades del aeropuerto de Luton, del que Aena posee un 51%, por el que embargaba el derecho de usufructo del operador en el aeropuerto británico. La participación de Aena en Luton es de un 51% sobre el 26,01% de las acciones y tiene además la propiedad de algunos de sus terrenos.

Estas medidas cautelares fueron adoptadas después de que NextEra, demandante contra España en un laudo por el recorte de las primas renovables, las hubiera solicitado ante ‘el beneficial interest’ que atribuía a España sobre el 26,01% en las acciones de la sociedad London Luton Airport Holdings III Limited (“LLAH”) y sus filiales y con varias propiedades del aeropuerto.

Aena ha asegurado que no es parte de los procesos judiciales para el reconocimiento y la ejecución de los laudos arbitrales por las renovables y, en su momento, no fue notificada de la adopción de ninguna de las medidas cautelares.

El pasado 19 de agosto de 2024, el grupo LLA, del que es accionista Aena, solicitó al Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales que dejara sin efecto dichas medidas cautelares, alegando que el Reino de España “no tiene legal or beneficial interest en la propiedad embargada” y estas medidas cautelares constituían un “perjuicio injustificado”.

Posteriormente, en una carta fechada el 23 de agosto, NextEra manifestó su voluntad de alcanzar un acuerdo entre las partes que dejara sin efecto dichas medidas cautelares. Tras lograrse dicho acuerdo, el Tribunal británico ha levantado el embargo sobre la participación de Aena en Luton.

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