CompartirEscucharLa Ley Bases y el paquete fiscal llegan este jueves a la última etapa de su discusión, después de meses de negociaciones y tratativas. La Casa Rosada cedió parte del contenido de los textos a cambio del visto bueno de los diputados y senadores para avanzar en la sanción. La Cámara de Diputados prevé aprobar la versión que votó el Senado, mientras que hay discusión sobre las medidas impositivas, sobre todo Ganancias y Bienes Personales.El primer artículo, en el que se declara la emergencia pública por un año en materia administrativa, económica, financiera y energética -que faculta al Ejecutivo a arrogarse poderes especiales en estas áreas-, no sufrió modificaciones en esta última etapa. En Diputados, no obstante, esta prerrogativa presidencial se recortó sustancialmente, cuando pasó de 11 emergencias a tan solo cuatro.En el apartado sobre privatizaciones, el Gobierno fracasó en su intento de incluir en la versión final a Aerolíneas Argentinas, Correo y Radio y Televisión Argentina (RTA). Los opositores dialoguistas impusieron el criterio de discutir la versión aprobada en el Senado, que las excluye de las empresas sujetas a un proceso de venta por parte del Poder Ejecutivo. Quedaron, en cambio, las siguientes: Energía Argentina SA (ex Enarsa) e Intercargo, sujetas a privatización total; Agua y Saneamientos Argentinos (AySA), Yacimientos Carboníferos Río Turbio y Nucleoeléctrica Argentina (NASA), que podrán incluir capitales privados en un programa de propiedad participada, pero deberán conservar el control mayoritario por parte del Estado; y Belgrano Cargas y Logística, Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE) y Corredores Viales, como empresas sujetas a su privatización o concesión.Ley BasesDesregulación del EstadoSe limitó la facultad del Poder Ejecutivo para intervenir organismos públicos. Se incorporaron 15 entes e institutos que no podrán disolverse. Se listan el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI); el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG); la Administración de Parques Nacionales (APN); el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA); el Instituto Antártico Argentino (IAA); el Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa (CITEDEF); el Centro de Investigación Tecnológica de las Fuerzas Armadas (CITEFA); el Instituto Geográfico Nacional (IGN); el Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES); el Servicio de Hidrografía Nacional; el Servicio Meteorológico Nacional (SMN); el Instituto Nacional del Agua (INA); el Servicio Geológico-Minero Argentino (SEGEMAR); el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP); Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (CENARD); Superintendencia de Seguros de la Nación; Superintendencia de Riesgos de Trabajo; y la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación. Además, se sumó un párrafo en el que se garantiza el financiamiento de los organismos incluidos en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030.Empleo públicoSe establecen cambios en las normas para remover agentes estatales. Se consignó en la última revisión que los empleados que se encuentren de licencia por enfermedad o accidente, por embarazo y por matrimonio no podrán ser puestos en situación de disponibilidad hasta vencido el período de su licencia.Modernización laboralA pesar de que un sector de la UCR retomó su pedido para limitar el poder de los sindicatos a través de una de sus principales fuentes de financiamiento, esta cláusula finalmente fue eliminada del dictamen final. Se quitó el artículo establecía que, para los empleados no afiliados a los gremios, sólo se podían cobrar cuotas solidarias con su consentimiento previo. Sin este párrafo, lo podrán seguir haciéndo contra su voluntad.Justa causa de despidoFue incluida la “participación activa en bloqueos o tomas de establecimientos” como una grave injuria laboral y objetiva causal de extinción del contrato de trabajo.Régimen de Incentivo de Grandes Inversiones (RIGI):Se establece un régimen especial, con fuertes incentivos impositivos y cambiarios, para alentar inversiones en sectores clave de la economía, como energía, turismo, petróleo y gas y agroforestal.Fue reformulado el artículo 163 que declara “nulo de nulidad absoluta” toda norma provincial que se oponga al régimen de manera que aplique solo a aquellas jurisdicciones que decidan adherir al RIGI.En el Senado se incluyó un inciso por el que se prevé el fomento del desarrollo de las cadenas de producción locales asociadas a los proyectos de inversión comprendidos por el RIGI.Se limitó el margen de acción de los proveedores de bienes o servicios con mercadería importada que soliciten la inscripción al RIGI. Deberán destinar su mercadería exclusivamente a la provisión de la empresa dentro del régimen.En la última revisión se incorporaron incisos para garantizar que las compañías que adhieren al régimen empleen personas locales y contraten servicios de proveedores locales.Se eliminó la posibilidad de que los dividendos y utilidades de las compañías puedan ser giradas al exterior luego de transcurridos tres años.Paquete fiscalBlanqueo:Se eliminó la posibilidad de que las criptomonedas sean parte de los bienes que puedan ser regularizados. La redacción original estipulaba: “sin importar quien ha sido su emisor, quien es su titular o donde estuvieran depositadas, custodiadas o guardadas”, pero ante el rechazo opositor fue quitado del texto.Respecto del dinero que sea regularizado y depositado a Cuenta Especial de Regularización de Activos, se adicionó la posibilidad de que el Poder Ejecutivo promueva con éste “la inversión productiva de pequeñas y medianas empresas en las Provincias de menor grado de desarrollo relativo o fomentar el crédito de las mismas”.Se excluyó del régimen a los funcionarios públicos de los últimos diez años. En la redacción original se contemplaban aquellos que se hayan desempeñado en los últimos cinco años.Se excluyó del régimen a los hermanos de los funcionarios públicos. Se sumaron a los cónyuges, convivientes, padres e hijos.Se incluyó la prohibición de inscribirse en blanqueos futuros hasta el 31 de diciembre de 2038.Se incorporó un nuevo artículo para aumentar un 20% la alícuota del impuesto a los Bienes Personales para quienes se inscriban en el blanqueo. Con esta modificación, la tasa pasaría del 0,5% al 0,6%.Impuesto a las Ganancias:La Cámara de Diputados aprobó en primer término reinstaurar el impuesto que había sido eliminado por el gobierno de Alberto Fernández (reemplazado por un tributo a los salarios más altos). El límite para tributar se estableció en 1,8 millones de pesos al mes (solteros sin hijos) y de 2,2 a 2,6 millones de pesos para casados con hijos. Las escalas son graduales a partir de esas cifras. El Senado lo rechazó. Ahora los diputados deben elegir si lo sostienen o no.No pueden incluir modificaciones, como las que se habían negociado en el Senado. Por ejemplo, el incremento del 22% del mínimo no imponible para La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut y Santa Cruz.Impuesto a los Bienes Personales:Diputados votó una reducción de este tributo que considera clave para el éxito del blanqueo incluido en la misma ley. Sin embargo, el Senado la rechazó y ahora queda en manos de la Cámara baja definir si insiste o no en la redacción original.Monotributo social:Se mantiene con un esquema diferente al vigente, en el que quien adhiera pagará un monto mínimo en carácter de jubilación y la obra social será optativa.Ley MineraEn el Senado se modificó el artículo 22 de la ley 24.196, sobre inversiones mineras, para incrementar del 3% al 5% el tope de regalías percibidas por las provincias sobre el valor ‘boca mina’ del mineral extraído. Diputados debe decidir si lo deja o no.LA NACIONSeguí leyendoEl mundo mira la Ley Bases. Las dos salidas que tiene Milei, según un exdirectivo del FMI que negoció el acuerdo con MacriAlto perfil. 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